domingo, 21 de junio de 2009
A tenor con la Ley 162 del 13 de mayo del 1941, según enmendada, el Colegio de Cirujanos Dentistas de Puerto Rico, en cumplimiento de sus obligaciones, Avisa al público general y la comunidad profesional que los siguientes dentistas podrían ser SUSPENDIDOS de la Colegiación por no haber pagado su (s) cuotas de colegiación vencidas al 31 de mayo de 2009. Habiéndose completado el proceso de comunicaciones escritas individuales a los dentistas alegadamente deudores y no haberse recibido respuesta procedemos a iniciar el proceso de Suspensión.
Se apercibe a los dentistas que aparecen en esta lista que de entender que no hay razón para ser suspendidos, que existe error en su deuda de colegiación, que tienen razones para no ser suspendidos que deben enviar en los próximos quince (15) días una carta Certificada y con Acuse de Recibo estableciendo evidencia de pago o las razones aducidas para no ser Suspendidos (ejemplo, estar retirado- para lo que tendrá que cumplir con lo dispuesto en el Reglamento del Colegio). Existen unos dentistas que han notificado que están retirados pero no han cumplido con el requisito del Reglamento. Se les exhorta a cumplir el proceso y se dará un tiempo razonable para que lo completen antes de añadirse a la Lista.
Todo dentista que no responda al Aviso en o antes del 3 de Julio del 2009 será SUSPENDIDO de la Colegiación. Esto es a tenor con la Ley 162 previamente citada que en su sección 120 dispone:
“Cualquier miembro que no pague su cuota anual, aunque en los demás respectos esté calificado como miembro del Colegio, quedará suspendido como tal miembro.” 20 LPRA §120.
Todo dentista suspendido NO podrá participar de la Asamblea del 18 de Julio de 2009 ni de las demás actividades del Colegio. Será referido a la Junta Dental Examinadora para que aplique la Ley 75 de 1925, según enmendada.
No estará legalmente autorizado a practicar la Odontología
Practicar la Odontología luego de hacer sido Suspendido de la Colegiación es un delito sancionado por Ley. 20 LPRA § 122.
Para dudas, favor de enviar comunicación escrita al Colegio, no se aceptarán llamadas telefónicas o electrónicas con relación a este asunto.
Los Dentistas con Aviso de Suspensión son los siguientes: (están por orden de número de colegiación)
Dr. DIEGO G. IRAVEDRA GONZALEZ
Dr. LUIS J. SANTOS-FIGUEROA
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